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De acuerdo con la normatividad del Gobierno Nacional, Las Cajas de Compensación Familiar deben constituir Fondos de Vivienda de Interés social (FOVIS), para otorgar aportes en dinero a sus afiliados como un complemento al ahorro para la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio (lote o terraza) y mejoramiento de las condiciones básicas de una Vivienda de Interés Social.
A este aporte monetario que se otorga a los afiliados y no afiliados como complemento al ahorro, se le denomina Subsidio Familiar de Vivienda.
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